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  • Foto del escritorBlanca de la Torre

Aprobada la Ley que pone fin a la incapacitación judicial de personas con discapacidad

Actualizado: 13 jun 2021

“El congreso aprobó el jueves pasado una reforma legal que prohíbe las incapacitaciones judiciales, es decir que pasa de un sistema basado en la sustitución en la toma de decisiones por orden de un juez, a otro en que se respete la voluntad de las personas con discapacidad y se les presten los apoyos necesarios” EL PAÍS (20 de mayo de 2021).


Me aventuro a compartir mi opinión al respecto, como psicóloga experta en discapacidad con más de 16 años de experiencia.


Antes de nada, querría recordar que el 3 de mayo de 2008 entró en vigor en España la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad que recoge el derecho de igualdad ante la ley en su artículo 12. Este tratado internacional tiene el propósito declarado de promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, de acuerdo a lo establecido en su artículo 1.


Desde aquella fecha, el colectivo de las personas con discapacidad, ha alcanzado una importante visibilidad en nuestro país, acogiendo nuevos cambios, muchos impulsados por organizaciones como el CERMI y Plena Inclusión, cuya aportación ha sido clave, junto a otras organizaciones como la Asociación Española de Fundaciones Tutelares para promover este último hito en la sociedad española.





En mi opinión, dicha reforma supone un gran avance que incrementará la calidad de vida de las personas con discapacidad y les otorgará , al fin, el rol de ciudadanos de pleno derecho con igual reconocimiento ante la ley, todo ello, siempre que su sistema de apoyos garantice su protección. Un adulto con discapacidad no es un menor, por lo que carece de sentido privarle de su capacidad para decidir, ya sabemos que hacerlo supone atentar contra su dignidad y contra sus derechos fundamentales, por ello era tan necesario este paso.


Escalas para determinar la intensidad de los apoyos como la SIS, o para evaluar su de calidad de vida como la INICO, son herramientas que los técnicos usamos de forma habitual para ayudar a las personas con discapacidad a establecer sus planes de apoyo. Destaco dos de los ítems de esta última para referirme a su capacidad de decisión.


  • ¿Expresa la persona sus preferencias de modo gestual o verbal cuando se le permite elegir?

  • ¿Carece la persona de metas, objetivos o intereses personales?


Os puedo asegurar que la gran mayoría de las personas que forman este colectivo, sea cual sea la intensidad de apoyos que necesiten, son capaces de discriminar aquello que les gusta de lo que no, muchos tienen metas perfectamente argumentadas y algunos son capaces de elaborar su propio plan de vida sin ayuda





Durante años me he encontrado con cuestiones que las personas con discapacidad me planteaban del tipo, “¿de qué me sirve conocer mis derechos si no se cumplen?” “¿por qué se me pregunta de qué manera quiero vivir si no se tiene en cuenta?”, “¿por qué tengo que pedir permiso para irme de vacaciones?“¿por qué no puedo decidir en que gastar mi propio dinero?” “¿ por qué tengo que pedir permiso para tener un móvil de contrato?” “¿por qué se me trata cómo un niño?o incluso “¿por qué el médico no me pregunta directamente a mí cuando tengo una dolencia?”.


Por ello confío en que la nueva ley desarrolle los procedimientos que garanticen la participación de la persona con discapacidad en la toma de decisiones de cualquier cuestión que afecte a su vida y se destinen los fondos necesarios para su cumplimiento.


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